El Gobierno regional se encuentra trabajando en este ámbito en la actualidad. Así debemos poner en relieve el conjunto de viviendas que se han puesto a disposición del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha y aquellas que cuyo alquiler ha sido permutado.
No obstante, este objetivo está contenido en el borrador de Anteproyecto de Ley de Vivienda de Castilla-La Mancha. Se considera justificada la necesidad de un cambio en la vivienda cuando hay una modificación en el número de miembros de la unidad de convivencia que supone no cumplir con la ratio de al menos 15 metros cuadrados útiles por persona o cuando se da la situación de movilidad reducida permanente y la vivienda no está adaptada. Si no existen alternativas habitacionales disponibles, las administraciones pueden proponer la permuta de viviendas ya habitadas.
En caso de arrendamientos, recoge expresamente, que la permuta implica la finalización del contrato de arrendamiento vigente y la firma de un nuevo contrato de arrendamiento en la vivienda adjudicada, siendo requisitos para proceder al cambio estar al corriente de pago de las rentas y otros gravámenes de la vivienda original, y que la vivienda se encuentre en perfecto estado de conservación y uso.