El Registro de Demandantes de Vivienda con Protección Pública de Castilla-La Mancha se creó en 2006 con el objetivo de conocer las necesidades de vivienda y garantizar los principios de igualdad y concurrencia en el acceso a las viviendas protegidas. Previamente, en 2004, se creó un Registro de viviendas con protección pública que aglutinaba toda la oferta de vivienda pública promovida en los planes de vivienda y de todas las tipologías de protección (VPO, Viviendas a precio tasado), para conocer el número de viviendas disponibles y sus características, además de servir para controlar la gestión de dicho parque.
En la actualidad, el Registro de Demandantes de Vivienda opera de forma telemática y centraliza la gestión en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Fomento, coordinadas por la Dirección General de Vivienda.
Pueden inscribirse las personas mayores de edad, empadronadas en la región, que cumplan los requisitos de acceso a las viviendas de protección pública. En la solicitud especifican si requieren compra, alquiler o alquiler con opción a compra, la localidad donde la demandan y las circunstancias familiares, número de miembros y la existencia de personas dependientes o la pertenencia a un colectivo con atención preferente. La inscripción tiene una validez de dos años; transcurrido este plazo, sin renovación, se procede a la baja de la persona interesada sin necesidad de requerimiento ninguno. La inscripción suele ser un requisito imprescindible para participar en sorteos de adjudicación.
Se está trabajando en la definición y actualización del Registro de Demandantes de Vivienda para garantizar con este instrumento la transparencia en la adjudicación, conforme al parque de viviendas protegidas y cumpliendo con la legislación vigente.
El 1 de septiembre de 2026 el Consejo de Gobierno autoriza la tramitación de la Proposición de Ley de medidas urgentes para la movilización de suelo, el impulso de la vivienda y la simplificación urbanística de Castilla-La Mancha, que está en trámite parlamentario. Dicha Proposición crea un Registro de Viviendas protegidas y actualiza el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida de Castilla-La Mancha (disposición adicional primera de la Ley 2/2002), dotándolo de un marco jurídico propio y estable —ya no supeditado a los sucesivos Planes de Vivienda— y reforzando su función como garante de la publicidad, la transparencia y la concurrencia en la adjudicación de vivienda protegida. La novedad principal es que el registro pasa a ser también el instrumento de referencia para coordinar las políticas de vivienda y suelo, y para que la iniciativa privada programe su oferta de vivienda protegida en función de la demanda real acreditada, tal y como se recoge expresamente en los procedimientos de adjudicación (art. 19.1) y en los concursos de enajenación de suelo público. Con ello se mejora la eficacia en la gestión del registro y se garantiza una mayor transparencia y objetividad en el acceso a la vivienda pública.