La Ley 9/2023, de 3 de abril, de Agricultura Familiar y de Acceso a la Tierra en Castilla-La Mancha introduce la figura de las Zonas de Protección Agraria para aquellos ámbitos territoriales en los que el ejercicio o mantenimiento de la actividad agraria constituyan factores de gran relevancia de cara a la funcionalidad y cohesión económica, ambiental y social del territorio. Establece la norma, asimismo, que cuando la complejidad y el logro de una mejor ordenación y protección de la zona agraria de que se trate así lo exijan, la declaración de zona de protección puede acordar la formulación de un Plan de Zona de Protección Agraria.
Dicha declaración corresponde al Consejo de Gobierno.