Todas las personas candidatas que componen las listas electorales del PSOE suscriben un código ético que establece que la apertura de juicio oral contra su persona por un delito relacionado con la violencia de género o la libertad e indemnidad sexual (acoso, abuso o violación), contra la integridad moral o aquellos ligados a la corrupción, supone la suspensión cautelar de militancia y, en caso de dictarse una sentencia condenatoria que adquiera firmeza, la expulsión del partido.