El Gobierno de Castilla-La Mancha ha escuchado las propuestas que le han trasladado las distintas entidades que agrupan asociaciones de personas enfermas. El CERMI ha enviado una serie de propuestas que recopilan las diferentes experiencias que se están desarrollando en otras Comunidades Autónomas. Estas iniciativas han sido bien recibidas, como punto de partida para el diseño de un sistema propio de acompañamiento a personas que, por sus características, necesiten de este apoyo.
En el año 2017 se producen cambios en el servicio de transporte sanitario terrestre. En los nuevos contratos que dan servicio a las 5 provincias se introducen cláusulas que mejoran la asistencia en este servicio y se ofrecen más facilidades de acompañamiento a personas mayores en sus traslados. El balance del año 2017 de transporte sanitario terrestre de personas mayores de 65 años arroja una cifra de 830.517 traslados, que incluye el transporte sanitario terrestre por razones de urgencia así como el transporte sanitario terrestre de actividad programada. Estos datos, respecto a la actividad de 2016, indican que este servicio se incrementa en más de 6.000 traslados sólo en la atención a personas mayores de 65 años.
En septiembre de 2017 se publica en el Diario Oficial el Decreto que regula la certificación técnico-sanitaria del transporte sanitario por carretera.
La Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha ha modificado el Decreto que regula la certificación técnico-sanitaria del transporte sanitario por carretera, es decir, las ambulancias. El Decreto 40/2019, de 7 de mayo, fue publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) el 14 de mayo de 2019, al encontrar algunas dificultades en las ambulancias de clase C, las de soporte vital avanzado o también conocidas como UVIs-móvil.
Estas dificultades se presentaban cuando el paciente a trasladar es una persona menor de edad, pues no podía ir acompañado de un familiar por sobrepasar las plazas estipuladas en el decreto anterior (un total de seis, que se cubrían ya con el personal médico, los conductores y el propio paciente). Así se ha ampliado el número de plazas para este tipo de ambulancia a siete, para que pueda ir acompañado al centro hospitalario durante el trayecto.
También en mayo de 2019 se publica el Decreto 45/2019 por el que se garantiza el derecho a la información y acompañamiento en los servicios de urgencia hospitalaria del Sescam. Dicho Decreto contempla el derecho al acompañamiento de los pacientes que reuna alguna de estas situaciones: personas dependientes, personas con deterioro cognitivo, trastorno mental o alteración del nivel de conciencia, personas con discapacidad auditiva o visual o con movilidad reducida y las mujeres durante el segundo o tercer trimestre de embarazo o durante el proceso de parto.