El capítulo IV de la Ley de Transparencia y Buen Gobierno (aprobada en diciembre de 2016) regula los denominados “grupos de interés”, en consonancia con las legislaciones más ambiciosas en la materia y los propios acuerdos interinstitucionales de las instituciones europeas, que han llegado a exigir la identificación de los llamados “lobbies” con la creación de un registro al efecto.
Se consideran como tales las organizaciones y personas que, desarrollando sus actividades en el territorio de Castilla-La Mancha, se dediquen profesionalmente a influir en los procesos de elaboración de las políticas, las disposiciones normativas o, en general, las tomas de decisión pública. Si estos grupos pretenden ejercer tales actividades deben, obligatoriamente, inscribirse en un registro. La virtualidad del registro no es sólo la de identificar a quienes componen el grupo de interés, sino también imponer a sus miembros un código de conducta que garantice el ejercicio ordenado de su capacidad de influencia, cuyo incumplimiento puede ser objeto de infracción grave o leve, según los casos.
Se ha publicado en el DOCM el Decreto 8/2018 por el que se crea y regula el Registro de Grupos de Interés de Castilla-La Mancha como instrumento público y accesible desde el Portal de Transparencia, que ha de facilitar la identificación y el control de las actividades de influencia que dichos grupos ejercen ante la Administración de la Junta de Comunidades, sus entes de derecho público y el resto de organismos que constituyen su sector público.
El 31 de agosto de 2018 entra en vigor el decreto que regula los lobbies y se habilita una plataforma electrónica para que puedan inscribirse todos aquellos grupos que lo consideren oportuno. Dicho registro se puede consultar en el Portal de Transparencia.