Las artes escénicas y la música son un sector de interés estratégico desde el punto de vista cultural, empresarial y pedagógico, para la sociedad castellano-manchega. Con el objetivo fundamental de mejorar la distribución y exhibición de los espectáculos teatrales y musicales, es necesario definir las redes públicas de espacios escénicos, tanto en lo referente a su distribución como a las características de los mismos.
El Decreto 44/2022, que regula la Red de Artes Escénicas y Música de Castilla-La Mancha, ordena el procedimiento de selección, actualiza los criterios de valoración, adapta las funciones y la composición de la Asamblea, incorpora la regulación del Observatorio de la Red y crea la Comisión ejecutiva como órgano permanente de decisión y de seguimiento. Esta comisión ejecutiva está compuesta por la presidencia, vicepresidencia, la secretaría y las vocalías.
La presidencia la ostenta la persona titular de la consejería con competencias en materia de cultura. La vicepresidencia, la persona titular del órgano directivo con competencias en materia de cultura o persona en quien delegue. Y la secretaría, sobre un funcionario o funcionaria técnico/a de la unidad administrativa competente en la gestión de la Red de artes escénicas y música, nombrada por la persona titular del órgano directivo con competencias en materia de cultura.
En cuanto a las vocalías, estas corresponden a:
a) La persona titular de la unidad administrativa competente en la gestión de la Red de artes escénicas y música dependiente del órgano directivo con competencias en materia de cultura.
b) Un máximo de cinco funcionarios o funcionarias técnicos/as de la unidad administrativa que gestiona la mencionada Red, designados por la persona titular del órgano directivo con competencias en materia de cultura.
c) La persona titular de la unidad administrativa competente en materia de cultura de cada una de las delegaciones provinciales de la consejería competente en la materia o persona en quien delegue.
d) Tres representantes de las asociaciones más representativas del sector, designados por la persona titular del órgano directivo con competencias en materia de cultura, si ello fuera posible.
e) Cuatro personas pertenecientes a la Asamblea elegidas por la misma o en su defecto por los representantes de todas las entidades programadoras adheridas a la Red de artes escénicas y música de Castilla-La Mancha, si ello fuera posible.
f) Un/a representante de la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha.
Además, en las distintas áreas que derivan del pilar de Cultura Castilla-La Mancha, hay otras comisiones de seguimiento y órganos de participación como son:
En materia de Archivos: El Consejo de Archivos y la Comisión Calificadora de Documentos de Castilla-La Mancha.
En materia de Bibliotecas: El Consejo de la lectura y bibliotecas, el Consejo Asesor de la Red de Bibliotecas, la Comisión Técnica de la Red de Bibliotecas Públicas, las Comisiones Técnicas provinciales, y el Consejo de participación Social de la Biblioteca de Castilla-La Mancha.
En materia de Museos: El Consejo de Museos, regulado por la ley 2/2014, de 8 de mayo, de Museos de Castilla-La Mancha.
En septiembre de 2022, se publica la Orden 188/2022, de 27 de septiembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se crea el reconocimiento oficial de los centros regionales de cultura y se establece el procedimiento para su declaración. Estos centros tienen como objetivo promocionar y difundir de manera activa las distintas expresiones culturales de especial interés de Castilla-La Mancha.