Agricultura, Ganadería e Industrias agroalimentarias
Adaptaremos la normativa regulatoria para facilitar la producción de alimentos tradicionales y productos artesanales, aplicando los criterios de flexibilidad que la normativa europea permite.
Las gachas hechas con harina de almorta es un plato tradicional de la gastronomía castellanomanchega. Sin embargo, el Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto del Código Alimentario Español prohibía su uso para el consumo humano.
Gracias a la negociación entre los Gobiernos central y regionales, el 10 de diciembre de 2020 se publicó el Real Decreto 1086/2020, de 9… LEER MÁS +
Las gachas hechas con harina de almorta es un plato tradicional de la gastronomía castellanomanchega. Sin embargo, el Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto del Código Alimentario Español prohibía su uso para el consumo humano.
Gracias a la negociación entre los Gobiernos central y regionales, el 10 de diciembre de 2020 se publicó el Real Decreto 1086/2020, de 9 de diciembre, por el que se regulan y flexibilizan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones de la Unión Europea en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios y se regulan actividades excluidas de su ámbito de aplicación, por el que se elimina la prohibición del consumo humano de las semillas de almortas (género "Lathyrus") y de los productos resultantes de su elaboración (harinas de almorta).
La normativa comunitaria prevé los procedimientos para que los Estados miembros puedan adaptar determinados requisitos higiénicos, aplicables en cualquiera de las fases de producción, transformación o distribución de alimentos, bien para poder seguir utilizando métodos tradicionales, bien para dar respuesta a las necesidades de las empresas situadas en regiones con limitaciones geográficas especiales, bien en relación con los requisitos estructurales de los establecimientos.
Para dar cumplimiento a estas previsiones de la normativa comunitaria y estatal básica, se aprueba el Decreto 71/2020, de 9 de noviembre, por el que se regula en Castilla-La Mancha la venta directa de productos ligados a la explotación agraria estableciendo las condiciones que pueden adaptarse en la higiene de los alimentos, garantizando la seguridad alimentaria y la inocuidad de los alimentos; los requisitos de etiquetado, publicidad y presentación; la trazabilidad; y la responsabilidad de los distintos agentes de la cadena alimentaria. De esta manera se da respuesta a que las personas titulares de explotaciones agrarias participen más en la comercialización de sus productos, primarios o trasformados, con el consiguiente incremento del valor añadido y se atiende la demanda del valor de proximidad y sostenibilidad que cada vez más realizan las personas consumidoras. El sector, especialmente las explotaciones más pequeñas y familiares, demandaba la posibilidad de diversificar sus ingresos a través de la venta directa y el Gobierno regional ha cumplido a través del Decreto 71/2020.
Desde el 9 de julio de 2021 la región cuenta con una herramienta digital de venta directa: https://market.campoyalma.com/
La agricultura familiar representa un activo que resulta vital para la sostenibilidad del medio rural, preserva los alimentos típicos del territorio al tiempo que contribuye a una producción tradicional de alimentos y a salvaguardar la biodiversidad agraria y el uso sostenible de los recursos naturales, mejorando la sostenibilidad social y económica del entorno. De esta forma, la Ley 9/2023, de 3 de abril, de Agricultura Familiar y de Acceso a la Tierra en Castilla-La Mancha define a la Agricultura familiar como el modo de vida y trabajo agrario practicado por las personas de un mismo núcleo familiar a través de unidades productivas. Su fruto es destinado al consumo propio o al trueque y comercialización, pudiendo provenir de la recolección, agricultura, ganadería, silvicultura, pesca, artesanía alimentaria o servicios, en diversos sectores, tales como el hortícola, frutícola, forestal, apícola, pecuario, industrial rural, alimentario artesanal, acuícola y de agroturismo.
La Ley de Agricultura Familiar incluye como elementos de este tipo de economía actividades como la artesanía alimentaria, la industrial rural o el sector alimentario artesanal. Tiene entre sus fines contribuir al desarrollo territorial y a la promoción de sistemas alimentarios que salvaguarden la seguridad alimentaria, la biodiversidad, el medio ambiente y la cultura.