La Ley 2/2021, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha introdujo, desde el ejercicio 2021, tipos reducidos por la adquisición de la primera vivienda habitual en zonas escasamente pobladas.
El tipo reducido general del 6 por ciento se reduce cuando la vivienda esté radicada en alguno de los municipios incluidos en las zonas a que se refiere la Ley, de la siguiente forma:
- El 5 por ciento, para inmuebles ubicados en municipios en zonas en riesgo de despoblación.
- El 4 por ciento, para inmuebles ubicados en municipios en zonas de intensa despoblación.
- El 3 por ciento para inmuebles ubicados en municipios en zonas de extrema despoblación.
Esta deducción se mantiene para el ejercicio 2022.