El Gobierno de Castilla-La Mancha considera que, además de facilitar el acceso a la vivienda y su habitabilidad mediante las políticas de ayudas al arrendamiento, a la adquisición y a la rehabilitación, es necesario abordar deducciones fiscales para el conjunto del país en dos direcciones; por un lado para las zonas rurales, para dar un trato favorable a las personas que deciden quedarse en sus municipios o bien trasladarse desde las ciudades; y, por otro lado, facilitar que las ayudas a la rehabilitación lleguen a las familias más humildes de la región sin que ello les suponga al año siguiente el tener que pagar grandes cantidades a hacienda en la declaración de la renta como consecuencia de la ayuda recibida.
En este sentido, el Gobierno de Castilla-La Mancha reclamó al Gobierno de España, en abril de 2021, que se aplicaran deducciones en el IRPF y se permitiera el anticipo del 50% de la inversión. Acto seguido, también en abril de 2021, el Gobierno de España ha anunciado que va a haber deducciones fiscales en el IRPF para las obras de rehabilitación energética, desde un 20% hasta un 60% de la cuantía a pagar a Hacienda en función del valor de la inversión.
Asimismo, la Ley 2/2021, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural modifica la Ley 8/2013, de Medidas Tributarias de Castilla-La Macha, para incorporar deducciones a las personas contribuyentes que residen en zonas rurales con problemas de despoblación, de cara a contribuir a la igualdad, procurar el progreso social y económico y una distribución más equitativa de la renta regional y personal. Se trata de deducciones en la cuota autonómica del IRPF:
- Por residencia habitual, de entre el 15% y el 25% según si la residencia es en zonas de intensa o de extrema despoblación.
- Por adquisición o rehabilitación de vivienda, el 15% de las cantidades invertidas a partir del 1 de enero de 2021.
- Por traslado de vivienda habitual que produzca un cambio de residencia por motivos laborales a un municipio del medio rural, 500 euros.
- En las transmisiones de inmuebles que tengan por objeto la adquisición de la primera vivienda habitual se aplica el tipo reducido del 6 por ciento.
- Se aplica un tipo de entre el 0,15% y 0,75% a las primeras copias de escrituras y actas notariales que documenten las transmisiones de inmuebles que tengan por objeto la adquisición de la primera vivienda habitual.
De la misma forma, se contempla una deducción de los tipos de gravamen al 50% para la adquisición de viviendas o locales para la implantación de empresas, en el ámbito del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.