La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha reformado la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística (LOTAU) para adaptarla a los principios de la Agenda Urbana Española, que promueve ciudades y municipios más sostenibles, accesibles e inclusivos.
La primera reforma llegó con la Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa, que incorporó tres novedades:
- La figura de la vivienda dotacional pública —vivienda en alquiler sobre suelo público de equipamiento destinada a personas con dificultades de acceso al mercado—.
- La posibilidad de cambiar el uso de parcelas dotacionales sin tramitar una modificación de plan.
- La regulación de los Proyectos Especiales de Vivienda en Entornos Rurales (PEVER), un instrumento específico para facilitar el acceso a la vivienda en municipios de hasta 5.000 habitantes en zonas despobladas.
La Ley 1/2026, de 26 de marzo, de Medidas Administrativas y Tributarias, en segundo lugar, flexibilizó aún más el procedimiento de cambio de uso en dotaciones públicas, reduciendo las cargas administrativas para los municipios.
Por último, la Ley 4/2026, de 7 de mayo, de medidas urgentes en materia de acceso a la vivienda y suelo, amplió el uso del suelo de equipamiento público residencial a cualquier necesidad temporal de vivienda, sin limitarlo a colectivos vulnerables.
En conjunto, estas reformas alinean la LOTAU con los objetivos de la Agenda Urbana Española de garantizar el acceso a la vivienda, revitalizar el suelo ya urbanizado evitando la dispersión territorial y simplificar los instrumentos de planificación para que los municipios puedan actuar con mayor agilidad.
Por otro lado, el 27 de agosto de 2026 se registró en las Cortes de Castilla-La Mancha la Proposición de Ley de Medidas Urgentes para la Movilización de Suelo, el Impulso de la Vivienda y la Simplificación Urbanística. La norma reforma el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística (TRLOTAU), aprobado por el Decreto Legislativo 1/2023, con diecinueve modificaciones.
Entre las novedades, crea los Planes de Rehabilitación Urbana, un nuevo instrumento para regenerar barrios con infravivienda o suelo degradado por antiguos usos industriales, evitando la dispersión del crecimiento y revitalizando la ciudad ya construida. También permite incrementar la edificabilidad hasta un 20%, la densidad hasta un 30% y la altura en dos plantas cuando toda la promoción se destine a vivienda protegida, y autoriza destinar hasta el 50% de parcelas terciarias o dotacionales privadas a vivienda protegida. Además, reduce a la mitad los plazos de tramitación de los planes urbanísticos ligados a vivienda y crea una línea de ayudas técnicas para que los municipios de menos de 10.000 habitantes puedan redactar o actualizar su planeamiento.
En paralelo, refuerza la Ley 2/2002 de vivienda protegida, creando el Registro de Viviendas Protegidas de Castilla-La Mancha y regulando los parques públicos de vivienda social.